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10/07/2009

¿SUMISA LABORAL = MALTRATADOR LABORAL?


Reportaje enviado por nuestro enviado especial en un manicomio de Zamudio (Judea) Pil Atos.Infanticida mental

Podrá ser verdad en cualquier momento:

"Mujer sumisa se ofrece para cualquier trabajo. Amplia experiencia como sustituta en el Manicomio de Zamudio. Horario disponible 24 horas cualquier día del año. Precio, llegaremos a un acuerdo, el que paga manda. Tfno. 6.............."

Suena a anuncio erótico en cualquier periodicucho -los más vendidos- de este país, pero la realidad va mucho más allá de la ficción -o si eres muy sumisa, y en Osakidetza, mucho más acá-.

Me deja totalmente perplejo, la sumisión y tragaderas de la gran mayoría del personal sustituto del Manicomio que me encabrona 1447 horas al año -de noche-, y más días añadidos, porque la mala hostia no se pasa sólo por salir por la puerta del manicomio, y por supuesto, también entro encabronado: Me cuesta, cada vez más, un gran esfuerzo ir a trabajar, he sufrido muchas más veces tentaciones de ir a ver a mi médico de cabecera para contarle mi drama de salud, que ganas de trabajar, y lo peor es no saber con que te vas a encontrar cada día, a nivel de compañeros me refiero, porque los pacientes, por desgracia son casi siempre los mismos, que se rotan, -alta, baja, alta, baja ...-.

Y servidor de ustedes es funcionario, es decir, tengo trabajo asegurado, un calendario laboral, y tengo unos derechos laborales -muy a pesar de Recursos Humanos- que no consiento en absoluto que me pisoteen.

Pero a pesar de ello, mi lema es "mal de muchos, epidemia" -y hay que poner los medios para atajarla-, y sin embargo el lema de mis compañeros y compañeras es, "mal de muchos, consuelo de tontos", y son como los conejitos de duracell, que en vez de "duran, duran y duran...", hay que decir, "tragan y tragan y tragan", y además dan las gracias, porque les pisotean sus derechos, pero tienen trabajo, y eso en el mejor de los casos, porque el grado de sumisión ya está alcanzando cotas peligrosas: Frente a las que "tragan", porque familiarmente son el sostén económico de la familia, estan las que tragan, porque siempre se ha hecho así.

No tienen ni idea de que tienen derechos, y lo peor, ya ni se cuestionan que lo que les hacen es totalmente ilegal, con lo que les hacen entrar en un perverso círculo, exactamente igual que pasa con las mujeres maltratadas: sumisión, te quiero -te contrato-, te maltrato. -no te contrato-, para que veas que bueno soy, te perdono -te vuelvo a contratar-, ¿Cómo que quieres un día libre? -no te contrato-, te voy a perdonar, pero cuidado con lo que pides -te contrato-, etc., etc.

Y al final consiguen que el personal sustituto, sea sumiso, obediente -porque si- dispuesto a tragar con todo lo que les echan encima, y cuando por fin les hacen fijos -tener hijos- pasan de ser una sustituta somisa y sometida -esposa- a ser una trabajadora sumisa y sometida con contrato fijo -madre-, totalmente inapaces de escaparse de esa dinámica de maltrato laboral, incapaces de exigir sus derechos.

Exactamente igual que las esposas maltratadas.

Quien no esté de acuerdo, que me lo razone, a lo mejor estoy equivocado, pero quizás sea porque yo no me dejo maltratar, y si lo intentan, devuelvo multiplicado por diez, siempre.

Y lo reconozco, soy funcionario, pero no soy ni sumiso ni sometido, y eso los maltratadores administrativos lo saben, y como todo maltratador son unos acomplejados y necesitan someter a quien tengan a su lado, para demostrar quien manda.

¿Razones?: ¡Ninguna, para qué, obedece y calla o....!

Y se me olvidaba, casualmente hoy, es el Día internacional por un trabajo digno. ¡Encima se ríen!

8/07/2009

TE VIGILAN EN EL TRABAJO, ¡SEGURO! y (III)



Patxi Calvo. Criminólogo.
Trabajador Psiquiátrico en
Osakidetza.

Fuente: XL Semanal




8.- ¿Qué pasa con el ordenador portátil?

Es un caso particular, hasta ahora el único, porque al salir de la empresa -si se tiene acceso al disco duro- se puede estar comprobando nuestra actividad fuera del horario laboral. Hay también sentencias al respecto, como la dictada el 10 de abril de 2003 por el Tribunal Superior de Jusicia de la Comunidad de Madrid, que recoge que: La medida de retirar al trabajador el ordenador portátil, propiedad de la empresa, y proceder, con su oposición y sin su presencia, a verificar el contenido resulta una medida adecuada al existir graves sospechas de la comisión de graves irregularidades" (este caso se puede situar en la línea del espionaje industrial).

Se tuvo en cuenta en este caso, además, que el trabajador podría hacer desaparecer las "pruebas", de seguir el portátil en su poder. Se puede por ello, retirar el dispositivo y priceder a su anális.

9.- ¿Pueden revisar mis casillas?

Pueden. Pero el trabajador tiene que estar siempre presente. Además deben acompañarle dos representantes de la empresa. Es unos de los casos más habituales en los tribunales. Además en algunos casos, la empresa puede instalar detectores de metal a la salida o registrar el bolso o
la mochila de sus empleados: siempre y cuando exista el consentimiento del trabajador y sea él mismo quien muestre su interior. El trabajador sólo se puede negar si tal medida no se encuentra en la normativa de la empresa. En caso de que rechace el registro, sólo correspondería a la policía el poder de obligarlo; claro, que NADIE PUEDE RETENERLO en las instalaciones de la empresa hasta que ésta llegue.

10.- ¿Pueden hacerme preguntas sobre mi vida privada?

Una de las normas que los sindicatos suelen denunciar, es la que impide que haya parejas o relaciones familiares entre trabajadores de un mismo centro.

Las preguntas de índole personal y privado quedan excluídas por Ley. Por ejemplo, si en una entrevista de trabajo le preguntan a una futura trabajadora que si quiere tener hijos, puede decir que no y quedarse embaraza a los tres meses. En ningún caso se ppueden tomas medidas sancionadoras, aunque en ocasiones el empresario quiera aludir a una violación de la buena fe contractual.

Lo mismo ocurre con los exámenes médicos: A un bombero se le puede una prueba médica y es determinante a la hora de conseguir un puesto de trabajo, pero no ocurre lo mismo con un oficinista.

Sólo existe una excepción en este sentido, y son las llamadas empresas de tendencia -y que están obligadas a identificarse como tales- . Es el caso de periódicos con determinada línea editorial, o los colegios religiosos. En determinados puestos de trabajo se puede preguntar al trabajador por su ideología o su religión, siempre que ésta esté relacionada con su puesto de trabajo.: a un informático nunca, porque hará su trabajo independientemente de sus creencias. Pero si, por ejemplo al editorialista que vaya a desempeñar su función en un periódico.






8/04/2009

TE VIGILAN EN EL TRABAJO, ¡SEGURO! (I)


Este artículo se lo debo a:

Patxi Calvo, Criminólogo y trabajador psiquiátrico en Osakidetza.
Fuente: XL Semanal.

La revista Stern destapó recientemente el caso Lidl en Alemania: La cadena de supermercados había instalado cámaras para vigilar a sus empleados. Los detalles ponen los pelos de punta.

cada lunes, un grupo de detectives instalaban cámaras en cualquiera de las tiendas de esta cadena, el objetivo declarado por la empresa era el de "evitar los robos", pero en realidad vigilaban a los empleados.

¿Dónde está el límite?, ¿hasta dónde puede llegar el afán vigilante de la empresa?. La tecnología ha abierto un sinfín de posibilidades. Desde el monitoreo hasta la colocación de GPS en los coches de los empleados. Controlar, nunca fue más fácil; el problema está en la delgada línea que separa la actividad legal de la ilegal, así que vamos a explicar como nos ampara la ley -a los trabajadores-.

1.- ¿Pueden grabarme?

Pueden, La empresa puede, por ejemplo, instalar, en el caso de supermercados, cámaras que vigilen la actividad de la caja, siempre que haya habido un aviso previo y personal a cada trabajador, pero en ningún caso se permite la capatación de imágenes en zonas de descanso o conversaciones privadas.

2.- ¿Pueden controlar lo que veo en internet o en mi correo?

El tribunal Supremo, en septiembre pasado dictó una resolución importante que podría sentar jurispridencia.

Se afirmaba que las empresas no pueden controlar los ordenadores si previamente no han advertido al trabajador de su "espionaje".

El caso es curioso y lo resumo: "Un ordenador en una empresa empieza a fallar y se llama a un técnico. Este descubre que la causa es un virus y, entre los archivos temporales de internet, encuentra páginas de contenido pornográfico. La compañía decide guardarlos en un archivo USB y ponerlos bajo la custodia de un notario. El trabajador no sabe nada de este proceso ni tampoco del ulterior acceso a su disco duro. El trabajador en cuestión fue despedido y recurrió su caso hasta llegar al Tribunal Supremo. La sentencia resultante creó jurisprudencia: los límites del control empresarial sobre un ámbito, aunque esté viculado al trabajo, puede afectar a la intimidad del empleado.

En el texto, el Supremo hacía alusión al Convenio Europeo de Derechos Humanos, donde se alude a los datos de las páginas visitadas como parte de la intimidad del internauta, "porque esos archivos pueden incorporar datos reveladores sobre la ideología, las orientaciones sexuales, aficiones, etc.